lunes, 2 de junio de 2008

La perrera: una solución rápida para perros abandonados

Cada vez son más las personas que deciden abandonar a sus perros bien por falta de espacio, porque ya no son necesarios o simplemente porque se han cansado de ellos. Cuando esto ocurre es la Asociación Protectora de Animales la encargada de darles a las atenciones que requieran, hasta que un nuevo dueño se haga con ellos.



En Zaragoza todos los perros que son encontrados abandonados son llevados a la perrera municipal, situada a las afueras de la ciudad, allí se encargan de las vacunas, alimentación y demás cuidados que necesita el perro hasta que sea depositado en un nuevo hogar. El problema es que cuando no se encuentra un nuevo dueño para el animal, este es sacrificado. En la perrera de Zargoza cuentan aproximádamente con una veintena de perros, entre ellos, galgos, pastores alemanes e incluso algún dálmata esperan ser adoptados por una nueva familia que les aporte el cariño que no han tenido. Los perros suelen estar en la perrera alrededor de 20 días antes de que sean sacrificados. Además siempre suelen tener una media de unos treinta perros. El problema es que cada vez son más las personas que deciden abandonar a sus animales de comañía, sobre todo en estas fechas, y la perrera no cuenta con espacio para tanto; por ello si no han sido adoptados dentro del plazo establecido deben sacrificarlos.



En la perrera de Zaragoza son conscientes de que estos animales son seres vivos sensibles al dolor y al cariño, por ello intentan que su estancia allí sea lo más cómoda posible. En el tiempo que están en la perrera un veterinario se ocupa a diarío de ellos para que su salud no falle y no le falte ninguna de las vacunas que están establecidas en su calendario de vacunación. Además las personas encargadas del recinto sacan a pasear a los animales e intentan adiestrarlos para que su educación sea correcta cuando vengan a buscarlos.



Los perros se encuentran divididos en función de las razas y del carácter, además los machos y las hembras están separados. Cuando una persona acude a buscar a un perro a la perrera se le da la posibilidad de que escoja entre todos los que allí se encuentran. Una vez realizada la selección se completan los datos de la cartilla sanitaria del animal y se entrega al dueño una bolsa con pienso. El nuevo propietario deberá pagar a cambio la cantidad de 50 euros.


Es una pena que todo esto suceda, pero afortunadamente hay gente que es consciente de ello y decide acudir a la perrera para hacerse con alguno de estos perros, que en muchos casos han sido víctimas de malos tratos, por lo que su adaptación a la nueva familia resulta sencilla, ya que son animales necesitados de cariño. Cuando uno acude a la perrera a por un perro puede elegirlo, además allí se ocupan de ponerle el microchip y de dar los primeros consejos al nuevo dueño.


Elena y su perro

domingo, 25 de mayo de 2008

el chiqui chiqui: el gran fracaso de España

Ni el Rocobocop, ni el brikindace ni si quiera el cruzaito pudieron ayudar al chiquilicuatre a hacerse con uno de los primeros puestos en el festival de eurovisión celebrado ayer. Este programa que fue uno de los más seguidos, contó con un gran número de actuaciones de todos los estilos. La actuación de España estuvo marcada por la falsa caida de una de las bailarinas y el patoso comienzo de Rodolfo que hicieron que, solo consiguieran reunir 55 puntos frente a los 275 obtenidos por Rusia.


Por mucho interés que le puso Rodolfo chiquilicuatre no fue capaz de lograr más que un decimo sexto puesto, el mejor en el que ha quedado España en los tres último años. Poca gente apostaba por el chiqui chuiqui y es que se decía que a pesar de caer bien no era suficiente para el festival. El primer puesto recayó en Diman Bilan, representante de Rusia, que es la primera vez que gana este certamen y que será también la encargada de organizarlo el próximo año.


Lo que está claro es que lo que comenzó como una broma televisiva a servido para ridiculizar al país ya que eurovisión no es un programa para promocionar ideas frikis si no un concurso para cantantes nóveles que quieren darse a conocer representando a su país. Así mismo aunque el chiqui chiqui no sea número uno probablemente gracias a toda esta parafernalia sea una auténtica mina de oro.


Lo que es obvio es que el festival ya no es lo que era hace unos años cuando artistas como Sergio Dalma, Mocedades, la década prodigiosa o Julio Iglesias luchaban por hacerse con un primer puesto con canciones que merecían la pena y que con el paso de los años se convirtieron en auténticos ídolos de la música.




Recopilación de alguna de las actuaciones España en el festival de eurovisión hace años.







España en la actualidad.


domingo, 18 de mayo de 2008

la selectividad: primera prueba del futuro universitario


Los estudiantes tienen que someterse a lo largo de sus vidas a un gran número de pruebas, pero una de las más importantes y temidas por todos es la que se conoce como la selectividad, quizá porque es la primera vez que los alumnos tienen que someterse a la competitividad de sacar más notas que sus compañeros para poder entrar en la carrera deseada. La prueba está compuesta por seis exámenes, aunque en las comunidades autónomas como Galicia, Cataluña o el País Vasco, que cuentan con una lengua propia, el número de exámenes se eleva a siete.

El examen que se realiza en la universidad más cercana al lugar de residencia del alumno. Allí se viven tres días de auténtico nerviosismo, donde el estrés y el cansancio se mezclan con los últimos repasos. Es imprescindible es que se obtengan al menos cuatro puntos de diez, para poder matricularse en una carrera universitaria.

En Internet hay un gran número de páginas que ayudan al estudiante a prepararse para estos días, en ellas se pueden encontrar exámenes resueltos de años anteriores o consejos para no perder los nervios. Los resultados de la prueba tardan, en salir, alrededor de medio mes y pueden verse por Internet o en las propias universidades. En algunos lugares como Galicia, los resultados son publicados también en el periódico local.

Se puede decir por lo tanto que la selectividad es la primera prueba de fuego del futuro estudiante universitario.

Estudiantes universitarios en plena prueba de selectividad(foto sacada de Internet)

domingo, 11 de mayo de 2008

"Mientras hay vida hay esperanza"

La eutanasia también conocida como muerte dulce es una práctica que cada vez está más extendida en nuestro país. La Real Academia (RAE) define este concepto como: "la acción u omisión que, para evitar sufrimientos a los pacientes desahuciados, acelera su muerte con su consentimiento o sin él". Se dice que la eutanasia consiste en la muerte sin dolor, una forma de permitir que los pacientes muera de forma digna, evitando el sufrimiento.

Los profesionales de la medicina diferencian entre dos tipos de "muerte dulce" la activa y la pasiva; en la primera se actua para provocar directamente la muerte del paciente, con una inyección por ejemplo, en la eutanasia pasiva se omite, de forma intencional, algún cuidado en la atención del paciente para poner fin a su vida.


La eutanasia es considerada por muchos como un crimen contra la vida humana y contra la ley divida. Lo que está claro es que "mientras hay vida hay esperanza" y poner fin a la vida del paciente supone también la privación de esta esperanza.

San Juan de la Cruz afirma en una conocida frase que "el secreto de la vida es aceptarla tal cual es" esa sea quizá la mejor forma de vivir con dignidad, afrontando las cosas que nos depara la vida ya sean buenas y malas ya que como dice Nietzche " cualquier persona que tiene una razón para vivir puede soportar cualquier forma de hacerlo". Por mucho que todos seamos dueños de nuestra vida, lo que nos otorga total prioridad para decidir sobre ella, tenemos que ser conscientes de que la agonía es un proceso vital, un paso más que hay que vivir.

Un claro ejemplo de eutanasia en nuestro país es el caso del gallego Ramón San Pedro quien lucho, durante años, por morir de forma digna.

Ramón San Pedro (foto de Internet)

domingo, 4 de mayo de 2008

Los malos tratos un reto para el Gobierno Aragonés

En la calla Santander de Zaragoza se vivió en la última semana un auténtico ajetreo de policías y es que cerca de uno de los pisos cercanos a plaza Roma, un hombre que responde a las iniciales de A.B.C, propinó una brutal paliza a su novia con la que convivía desde hacía meses a pesar de existir una orden de alejamiento. La policía no tardó en acudir al lugar de los hechos.

El principal imputado al ver la presencia policial reacciono de forma violenta contra la autoridad quienes se vieron obligados a llevárselo esposado y a la fuerza. Parece que los hechos se repetían de forma continua en los últimos meses ya que no era la primera vez que el agresor pasaba la noche en la comisaría. Uno de los policías que lo detuvo aseguró que la única solución para este tipo de situaciones es que las víctimas denuncien y se alejen de ellos, a pesar de que resulta casi imposible ya que normalmente se da una relación de amor- odio entre los protagonistas.

El Gobierno de Aragón lleva años trabajando por la igualdad de género y la lucha contra los malos tratos, para ellos puso en marcha hace más de 15 años el Instituto Aragonés de la Mujer, donde se da asistencia gratuita a todas aquellas mujeres que han sido víctimas de malos tratos. Así mismo en la actualidad se están desarrollando mecanismos de defensa y de apoyo a las víctimas desde los poderes públicos aragoneses. Así mismo el Gobierno de Aragón cree que a pesar de que ya existen medidas para combatir este tipo de situaciones, no son suficientes.

martes, 8 de abril de 2008

entrevista sobre la tutela


Miguel Ángel Pérez Álvarez, nació en Ourense curso la carrera de derecho en al Universidad de Santiago de Compostela, terminando sus estudios de doctorado en la Universidad de Navarra, durante ocho años fue profesor de derecho civil en la Universidad de Zaragoza, actualmente es catedrático de derecho civil en la universidad de A Coruña, ha publicado libros y revistas, cabe destacar” formularios civiles”, “realidad social y jurisprudencia: diez tesis sobre la realidad social en cuanto canon de interpretación de las normas”

¿Qué le parece el sistema de protección del menor de Aragón?

El sistema vigente de protección de menores, ha supuesto un gran logro. El desamparo y la tutela administrativa han permitido proteger a no pocos menores ante el abandono y los malos tratos físicos o psíquicos; defenderlos del alcoholismo, la drogadicción o las deficiencias psíquicas en la unidad familiar, así como ampararlos frente a los abusos sexuales, las inducciones a la mendicidad, la delincuencia o la prostitución.

Además, la regulación de distintos tipos acogimiento en unos casos y la adopción en otros ha permitido alejar al menor, de modo transitorio o definitivo, del hogar en que el desamparo se produjo, haciéndole participe de un ambiente familiar idóneo. Y junto con lo anterior, el control administrativo de las adopciones ha permitido acertar en buena parte de los casos a la hora de seleccionar a los solicitantes y proponer a quienes ejercerán la nueva maternidad y paternidad respecto del menor.

¿Cómo reordenar el sistema de modo que a las potestades administrativas no se las haga actuar como sanciones a los padres quienes, debido a la declaración de desamparo, pueden verse privados de la patria potestad? O también ¿cómo hacer para que el sistema deje de penalizar las circunstancias de marginalidad y pobreza que son aquellas en las que de modo habitual se produce el abandono del menor?

La respuesta consiste en reorientar el sistema hacia medidas de prevención que tiendan a solventar las situaciones de desprotección social. Así lo han empezado a hacer determinadas Comunidades Autónomas y quisiera exponer las líneas básicas a las que debe responder un sistema de prevención que, yendo más allá de las declaraciones generales, esté dotado de efectividad. El punto de partida de todo sistema de prevención consiste en desplazar la intervención de la Administración desde las situaciones de desamparo a las de mero riesgo. De entrada cabe afirmar que existirá situación de riesgo cuando en el ámbito familiar se produzca algún tipo de circunstancia que permita prever un futuro desamparo. En tales casos y previa declaración de la situación de riesgo, la Administración deberá orientar su actividad, no hacia la erradicación del menor, sino hacia la satisfacción de las necesidades básicas de la familia y a la mejora del medio familiar en que el riesgo se produjo.




¿Qué opina usted que podría tener el actual sistema de protección de menores para que resultase más eficaz?

Si se quiere dotar al sistema de efectividad las medidas de protección deberán incluir prestaciones económicas, ayuda a domicilio e intervención técnica. Las prestaciones económicas cuando la causa determinante del riesgo proceda de la insuficiencia de recursos. La ayuda a domicilio integrada por la prestación de servicios o atenciones de tipología personal, doméstica, psicosocial o educativa. Y la intervención técnica comprensiva de las actuaciones profesionales para alcanzar el ejercicio de las funciones parentales, así como para superar las dificultades de integración personal, familiar o social

Hablemos sobre un problema cada vez más habitual: la indefensión de los padres frente a los hijos


¿Que le parece que sean los hijos los que maltratan a los padres? ¿Qué medidas se deberían tomar para amparar a estos padres?

Creo que se hace necesario arbitrar cauces legales que permitan a los padres recabar el auxilio de la Administración a los efectos de promover medidas educativas dirigidas a corregir las dificultades de adaptación social o familiar que presentan los menores en dichos casos. Esto es, para tales supuestos se hace preciso ofrecer a los padres las medidas de ayuda a domicilio y de intervención técnica que se han expuesto con anterioridad al tratar el sistema de prevención. Y medidas que se orientan a la mejora del medio familiar con el fin de superar las dificultades de integración.

¿Cree que se pude culpar a los padres de la educación de los hijos?

Creo que se nos puede imputar a los progenitores la responsabilidad por la educación de nuestros hijos. Creo también, y por nadie se discute, que se debe siempre amparar a los menores. Pero cosa bien distinta es que para protegerlos se haya tenido que instaurar una legislación al servicio de los hijos. Esto está ocurriendo en España y se trata de una orientación que tiene su centro neurálgico en el año 1996 con la promulgación de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, tantas veces citada en esta intervención.

El sistema de protección de menores: una garantía para su bienestar




El sistema de protección de menores está caracterizado por siete principios, que están recogidos en la Ley Orgánica del menor y en el código civil; y que explican que se debe hacer con el menor y como se debe actuar en caso de desamparo.

En primer lugar, en caso de desamparo, se atribuye a las entidades públicas competentes la tutela del menor. Se identifica la menor desamparado como aquel que está privado de la necesaria asistencia moral o material. El segundo principio asegura, salvo que el interés del menor lo desaconseje, procurar en última instancia la reinserción del menor declarado en desamparo en el núcleo familiar del que procede, como recoge el artículo172.4 Cc: “Se buscará siempre el interés del menor y se procurará, cuando no sea contrario a ese interés, su reinserción en la propia familia…”.

El tercer principio establece que la integración familiar de los menores declarados en desamparo debe llevarse a cabo en el ámbito familiar de origen antes que por medio del acogimiento por personas extrañas y el cuarto afirma que se otorga carácter preferente al acogimiento familiar –de forma temporal o permanente- antes que el acogimiento en centros de menores

El quinto principio se refiere a los casos en los que más de un menor de la misma familia requiera de acogimiento. En él se establece que la tutela debe llevarse acabo por la misma persona, personas o institución con el fin de no separarlos. La legislación fija como sexto principio la formalización del acogimiento familiar, que precisa del consentimiento de la Administración pública, mientras que el séptimo y última principio es la primacía del interés del menor, eje de todo el sistema de protección pública

Todas estas medidas se han de aplicar también a todos aquellos menores de edad extranjeros que residan en España.

Obligatoriedad e inmediatez:

La pérdida de la tutela por parte de los padres por casos graves, suponen que la Administración pública no sólo puede intervenir si no que deben hacerlo, y además, de forma inmediata. No obstante, si bien la tutela se asigna exclusivamente al organismo público, éste puede delegarla.

Si a la entidad pública se le concede la tutela de quienes están en situación de desamparo, esta deberá, si es posible, intentar conseguir la reinserción del menor en su propia familia o bien dándolo en adopción. Si la administración decide optar por la adopción, deberá romper los vínculos jurídicos entre el adoptado y su familia anterior y al menor se le concederá la condición de hijo del adoptante en cuya familia se integra definitivamente. Aún así la reinserción del menor en la propia familia es la medida prioritaria que debe procurar la entidad que ha asumido la tutela, como se ha señalado más arriba.

Hasta que el menor es reinsertado en su familia, o dado en adopción, transcurre un período de tiempo durante el cual es preciso que el menor participe de un ámbito familiar idóneo. Para ello la administración puede recurrir a dos soluciones diferentes; puede optar por el acogimiento familiar simple, este tipo de acogimiento se puede llevar a cabo en el ámbito familiar de las personas que, por determinación de la entidad pública reciben al menor. El acogimiento familiar también puede tener lugar en los hogares constituidos para cumplir dicha finalidad –hogares funcionales-, debidamente autorizados y acreditados por las entidades públicas.


Sin embargo, también se contempla la posibilidad de que la guarda sea ejercitada en centros dirigidos a menores, autorizados y acreditados por la entidad pública competente, dando lugar al calificado como acogimiento residencial.